Facturación del médico para pacientes de hospicio de Medicare
Para comprender la modalidad de facturación del médico para pacientes de hospicio, primero debe comprender que el cuidado de hospicio, a diferencia de otros procesos de Medicare, es un beneficio centrado en el paciente. Cuando un paciente elige el hospicio, todas las opciones se basan en el cuidado centrado en el paciente y sus preferencias.
Al ser referido a cuidados de hospicio, el paciente deja el tratamiento curativo para el diagnóstico terminal. El médico tratante y el director médico o médico del equipo de cuidadores de hospicio deben certificar que el paciente tiene un "pronóstico médico según el cual su expectativa de vida es de seis meses o menos, si la enfermedad sigue su curso normal"
Los cuidados al paciente no relacionados con el diagnóstico terminal se siguen facturando directamente a Medicare utilizando los códigos de facturación correspondientes.
Categorías de servicio del médico
Una vez que un paciente de Medicare elige el beneficio de hospicio, los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) pagan directamente el cuidado relacionado con el diagnóstico terminal al proveedor de hospicio. Los servicios del médico son facturados por el hospicio de acuerdo con el tipo de servicio prestado.
Servicios del médico tratante
El médico tratante de hospicio es un MD, DO, PA o NP y puede ser o no empleado del proveedor de servicios de hospicio.
Un equipo interdisciplinar de cuidadores de hospicio incluye un médico que supervisa los distintos aspectos del cuidado del paciente. Además, un paciente de hospicio puede decidir que su médico de cabecera (PCP), otro médico o un asistente de médico/enfermero profesional sea su profesional clínico tratante.
Si el médico clínico elegido acepta ser el médico tratante del paciente de hospicio, el tratamiento centrado en el estado terminal del paciente que el clínico proporciona puede ser facturado directamente a Medicare. Solo un médico tratante que no es empleado del proveedor hospicio puede facturar a Medicare Parte B por el cuidado de hospicio utilizando el código CPT E/M.
Si el médico de hospicio es el médico tratante, todos los servicios relacionados con la enfermedad terminal son facturados a Medicare por el hospicio, no directamente por el médico. El equipo de hospicio informa al PCP/otro profesional clínico del paciente sobre el estado del paciente y contribuye con el diálogo, pero no asume ningún cuidado directo relacionado con el diagnóstico terminal.
Servicios del médico a cargo del seguimiento
El MD o DO tratante (que no puede ser PA o NP) puede decidir ser el médico de seguimiento del paciente, responsable de proporcionar el cuidado de hospicio en sí, es decir escribir las órdenes, trabajar junto al personal de enfermería del equipo de cuidadores de hospicio y dar indicaciones.
Servicios del médico no tratante (de consulta)
En el caso en que el paciente necesite servicios relacionados con la enfermedad terminal por parte de un médico que no sea su médico tratante, este médico especializado debe firmar un acuerdo contractual con el hospicio por sus servicios. Los pagos por tratamientos o servicios de cuidado relacionados con la enfermedad terminal del paciente y proporcionados por un especialista que tenga un contrato con el hospicio son responsabilidad del hospicio, no de Medicare Parte B o Parte A.
Actividades administrativas
Las actividades administrativas o de supervisión incluyen la creación, revisión o actualización de planes de cuidado, supervisión de la implementación del cuidado, etc. Estos servicios están a cargo de un director médico o médico empleado por el hospicio y están incluidos en la tarifa del hospicio. En otras palabras, están cubiertos por los beneficios de hospicio de Medicare. Las actividades administrativas no se facturan por separado.